Se ha creado un modelo más avanzado para integrar a personas con discapacidad con la Ley General de derechos de las personas con discapacidad e inclusión social (LGD).
Adaptándola a la ley antigua LISMI (Ley 13/1982 de Abril) las personas ahora tienen unas mejoras de las condiciones laborales en el mercado y son más respetadas en el mundo laboral.
Aunque se hayan reconocido todos los derechos, aún sigue siendo un poco enigma y actualmente se está creando numerosos retos sociales, políticos y empresariales.
¿ Qué dice la ley actual?
Según la LGD aquellas organizaciones con más de 50 empleados están obligadas a obtener al menos el 2% de certificado de discapacidad.
Esta ley hace un inciso para empresas que no se puedan permitir empleados que estén incapacitados en el desarrollo de su actividad con carácter productivo,organizativo,técnico y económico, es por ello, que las organizaciones deben de justificarse para una medida alternativa.
¿Que medidas alternativas propone?
- Contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo para el suministro de todo tipo de bienes.
- Realización de donaciones y acciones de patrimonio sin ánimo de lucro.
- Enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo.
En Sotogrande Legal Service consideramos de gran utilidad hablar sobre este tema. Las empresas tienen que concienciarse y sensibilizarse ya que el 81% de las empresas no cumplen con la LISMI (Ley de Inserción Laboral de personas con Discapacidad.
Se ha producido una tasa de desempleo de un 32,2% , unas cifras con los suficientes motivos para que el Estado actúe, para ello ha ofrecido las ayudas y prestaciones correspondientes.
Con respecto a las empresas , de acuerdo con la ley general de discapacidad el comité de Personas con Discapacidad ha impulsado a que no se conceda ninguna ayuda a empresas que no cumplan con la cuota mínima de reserva para discapacitados.
Cuenta con una asesoría de confianza como Sotogrande Legal Service en www.sotograndelegalservices.com